La Cámara Pesquera del Chubut (Ca.Pe.Ch.) presentó ayer una nota dirigida a la Defensora del Pueblo, Claudia Bard, con el objetivo de que se pueda “monitorear” desde la entidad una eventual salida de materia primera sin procesamiento, vulnerando de esta manera algunos principios de la ley que regula la actividad.
En atención al mayor aprovechamiento del recurso marino, propiedad del Estado, “es que la LEY IX – N° 75 explícitamente en su artículo 37 determina que “los titulares de permisos de pesca NO podrán enviar fuera de la provincia materia prima sin procesar.”
La Capech también puso la lupa sobre el artículo 38 de la ley, que determina que “el ejercicio de la pesca en virtud de la presente ley lleva consigo la obligación de desembarcar el total de la captura en puertos situados en la Provincia del Chubut y su procesamiento en plantas radicadas dentro del territorio provincial.“


Desde la Cámara señalaron que la Ley General de Pesca Marítima de la Provincia del Chubut determina en su Artículo 39 que “toda embarcación dedicada a la captura de langostino como especie objetivo, deberá destinar obligatoriamente la totalidad de las capturas incidentales a abastecer plantas procesadoras ubicadas en el territorio provincial”.
“La ley tuvo como prioridad el máximo aprovechamiento del recurso marino, y que ese máximo aprovechamiento debe hacerse en las plantas de procesamiento radicadas a lo largo del territorio provincial del Chubut”, esgrimieron desde la Capech.
Como surge de la interpretación de la normativa que regula la actividad pesquera de la Provincia, que tiene como objetivo el mejor aprovechamiento de una Concesión Estatal, como es la captura y procesamiento de las diferentes especies que habitan el lecho marino de jurisdicción provincial, “es claro que la intención fue y es, que las capturas de las mismas sean procesadas dentro del ámbito del territorio provincial”.