“Revocar la resolución de fecha 16 de octubre de 2020 en cuanto dispuso la suspensión de la Resolución 168/2020 del Ministerio de Educación y la inmediata reincorporación de los docentes afectados y, en consecuencia, dejar sin efecto la medida cautelar”, sostiene el fallo al que accedió en exclusiva Metadata.
En el fallo, la Cámara advierte que “es jurisprudencia del Superior Tribunal provincial -concordante con la de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- que las medidas cautelares no pueden aplicarse automáticamente para suspender los actos de los poderes públicos, en virtud de la presunción de legitimidad de la que gozan”
Y agregan que en lo que hace a la medida cautelar innovativa, “la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que es una decisión excepcional, porque altera el estado de hecho o de derecho existente al tiempo de su dictado, en razón de que configura un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa, lo que justifica una mayor prudencia en los recaudos que hacen a su admisión”.
De esta manera, la presentación realizada por el Sindicato de Trabajadores de la Educación del Chubut (Sitraed) continuará por la vía judicial, pero la Resolución que suspende a los docentes suplente continúa con plena vigencia y por el momento no serán reincorporados a sus lugares.


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