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Titulares

EXCLUSIVO DE METADATA

Roddy Ingram impulsa una ley que habilita al Gobierno de Arcioni a comprar vacunas contra el coronavirus

El diputado provincial de Chubut al Frente presentó hoy un proyecto de ley que le da luz verde al ministro Puratich para que Chubut pueda iniciar negociaciones y celebrar acuerdos para la adquisición de vacunas contra el Covid-19.

Metadata accedió en exclusiva a la iniciativa que presentó el diputado Roddy Ingram hoy en la Legislatura y que va en sintonía con las declaraciones del gobernador Mariano Arcioni semanas atrás, cuando hizo alusión a que el gobierno provincial analizaba la posibilidad de entrar al mercado de vacunas contra el Covid-19 y hasta dejó entrever que ya habían mantenido contacto con algunos laboratorios.

El artículo 1 del proyecto de ley al que tuvo accedo Metadata faculta al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Salud, “a gestionar, en los ámbitos que fuere menester, la adquisición de vacunas existentes a la fecha o que en el futuro se desarrollen, destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19”.

Lo que se busca  a través de esta ley es contar con el aval del Poder Legislativo y tener “un marco jurídico” que controle la adquisición y distribución de dosis que permita avanzar en negociaciones pertinentes para este tipo de transacciones a nivel internacional.

En los fundamentos, Ingram aclara que el gobierno provincial “respalda absolutamente el plan de vacunas del Gobierno nacional, pero esto no impide, que se pueda avanzar en cuanto a gestiones como Estado Provincial para poder adquirirlas”. 

“La estrategia que busca el proyecto, es que la ciudadanía esté inmunizada ante el virus y de ese modo reactivar la economía  de nuestra Provincia. Esto se genera mediante políticas públicas  en coordinación con el Gobierno Nacional para la compra y aplicación de dosis, agilizando la inmunización lo antes posible”, remarca Ingram en la iniciativa.

La Ley cuenta con la integración de una comisión de seguimiento para la adquisición, distribución y monitoreo de vacunas,  que la compondrán  nueve legisladores, como así también la participación del Ministerio de Economía y Fiscalía de Estado.

El diputado de Chubut al Frente recordó que la Legislatura de la provincia de Buenos Aires, de Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de Córdoba “ya aprobaron el proyecto de ley que faculta al Ejecutivo a la adquisición de vacunas, como así también Santa Fe, Jujuy y Salta ya avanzan en las negociaciones para adquirirlas”.

El artículo 2 de la iniciativa habilita a la administración de Arcioni “a iniciar negociaciones y celebrar acuerdos, cartas de intención o contratos, con personas jurídicas o humanas, nacionales o internacionales, en moneda de curso legal o extranjera, pudiendo actuar de manera individual o conjunta con otros Estados nacionales, provinciales, municipales o asimilables a tales”.

Asimismo, da luz verde para “incluir en las cartas de intención y negociaciones previas, precontratos y contratos de adquisición, cláusulas usuales en el mercado nacional e internacional de las vacunas contra el COVID-19, tales como confidencialidad; indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias relacionadas con y en favor de quienes participen en la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas, con excepción de aquellas originadas en maniobras fraudulentas o conductas maliciosas por parte de los sujetos aludidos”.

COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

Por otra parte, el artículo 6 crea la Comisión de Seguimiento para la adquisición, distribución y monitoreo de vacunas contra el COVID-19, la que estará integrada por nueve legisladores titulares e igual número de suplentes, en la proporción y representación que establece el artículo 53 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia de Chubut.

“Sus integrantes quedan obligados a resguardar la información a la que pudieran acceder. El Poder Ejecutivo Provincial informará a la Comisión -cada sesenta (60) días- sobre la compra, entrega y distribución territorial de las vacunas adquiridas en virtud de lo establecido en la presente Ley”, indica el artículo.

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