La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) aprobó una serie de condiciones contractuales para seguros de vida colectivo e individual con perspectiva de género, con una diferencia tarifaria para las mujeres respecto de “los mismos riesgos a los que se encuentra expuesta la población masculina o unisex”, a través de la resolución 532/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.
También indicó que las entidades aseguradoras que opten por operar con esas condiciones “deberán remitir la nota técnica de la cobertura básica y cláusulas adicionales a comercializar”, para su autorización por la Superintendencia.
Esa nota, agregó “deberá ajustarse a los parámetros definidos en las resoluciones de pautas mínimas aplicables” y las tarifas de las coberturas “deberán construirse en base a estadísticas específicas para la población femenina”.
“Las particularidades estadísticas de los riesgos a los que se encuentra expuesta la población femenina implican una diferencia tarifaria en relación a los mismos riesgos a los que se encuentra expuesta la población masculina o unisex”, planteó la SSN en los considerandos de la resolución.
Las condiciones se aprobaron “en línea con el objetivo de fomentar y promover la perspectiva de género y la innovación en el mercado de seguros” en el marco de “necesidades específicas de las aseguradas en el contexto actual, incorporando el resguardo de aspectos inherentes al género y desprotegidos hasta el momento”, añadió.